Se recuerda a los Hermanos que a partir del 1 de octubre se procederá a girar la anualidad correspondiente a la Abadía 2025-2026. El importe de la cuota anual de hermano asciende a 30 euros.
Los recibos no domiciliados se deberán ingresar en la cuenta de la cofradía, haciendo constar a qué Hermano corresponde el pago: ES74 3035 0280 62 2800009366 (Caja Laboral-Kutxa).
Los gastos bancarios por devolución de recibos serán repercutidos al hermano junto con el importe de su cuota anual.
Con el fin de facilitar la gestión, se ruega que quienes no tengan domiciliado aún su recibo nos faciliten su cuenta bancaria y en el caso de que la misma haya sufrido variación alguna lo comuniquen previamente.
- Correo electrónico: jesusnazareno@jhsleon.com.
- Teléfono: 987 263 744.
- A través del formulario de modificación de datos, remitiendo el mismo por correo electrónico o depositándolo en el buzón situado en la puerta de Santa Nonia.
- En el acceso de hermanos dentro de nuestra web con usuario y contraseña en el apartado Datos de pago.
DEDUCCIÓN FISCAL DE CUOTAS Y DONATIVOS
La Cofradía se encuentra acogida al régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos, Ley 49/2002, por lo que, quien lo desee, podrá deducirse en su próxima declaración de la Renta o del Impuesto de Sociedades 2025, la cuota de hermano o cualquier donativo económico que haya tenido como objetivo el patrimonio de la Cofradía o la Bolsa Social y que se haya recibido antes del 1 de enero de 2026. Para que pueda aplicarse la deducción, la Cofradía debe comunicar a la Agencia Tributaria los importes y datos correspondientes a los titulares de las cuentas en las que se domicilian las cuotas o bien de los ordenantes de las transferencias o pagos. Por dicho motivo, es necesario que sus datos se encuentren actualizados. Debe figurar correctamente en la ficha del hermano el nombre y apellidos, DNI y provincia de quien realiza el pago, así como haber realizado el abono efectivo de la misma. La Cofradía comunicará a la Agencia Tributaria los importes y datos correspondientes, por lo que las solicitudes que se reciban después del 31 de diciembre de 2025 no podrán ser tramitadas. De la misma forma, tampoco se realizarán certificados de pago de cuotas o donativos, ya que el único dato que la Agencia Tributaria tendrá en cuenta será el que haya facilitado la propia Cofradía. Para la actualización de los datos dispone de los medios citados anteriormente.
