Desde los primeros siglos del cristianismo, el Nombre de Jesús fue objeto de una especial veneración por parte de la Iglesia. En él se reconocía no solo una invocación piadosa, sino la presencia misma del Salvador, tal como recoge la Escritura: «para que al nombre de Jesús toda rodilla se doble» (Flp 2,10). Esta devoción, profundamente arraigada en la espiritualidad medieval, se desarrolló con especial intensidad a partir de los siglos XIV y XV, favorecida por la predicación de san Bernardino de Siena, hasta adquirir progresivamente un reconocimiento litúrgico y jurídico por parte de la Santa Sede.
La difusión de esta devoción se debe en gran parte a las órdenes religiosas, sobre todo a franciscanos, dominicos y jesuitas, que la transmitieron al pueblo cristiano durante siglos. El símbolo asociado a esta advocación es el monograma “IHS”, derivado de las tres primeras letras griegas de «Jesús» (ΙΗΣΟΥΣ) , interpretado también como Iesus Hominum Salvator, que significa “Jesús Salvador de los Hombres”. La simple invocación del nombre de Jesús ha sido una fuente de consuelo para millones de personas, desde campesinos y viajeros hasta reyes y emperadores a lo largo del tiempo.
Como fiesta litúrgica, la celebración del Santísimo Nombre de Jesús fue autorizada por primera vez en 1530, cuando el papa Clemente VII concedió a la Orden Franciscana el privilegio de celebrar Oficio propio. En 1721, el papa Inocencio XIII extendió la festividad a toda la Iglesia, fijándola en el segundo domingo después de la Epifanía. San Pío X la trasladó posteriormente al primer domingo de enero —o al día 2 si coincidía con la Epifanía—. Tras las reformas litúrgicas del siglo XX, la editio typica tertia del Missale Romanum de 2002 restituyó la Memoria del Santísimo Nombre de Jesús el día 3 de enero.
El arraigo del culto al Nombre de Jesús en la Edad Moderna no puede entenderse sin el decisivo impulso pontificio y el papel desempeñado por la Orden de Predicadores. El papa Pío IV, mediante la bula Salvatoris ei Domini Nostri, de 13 de abril de 1564, encomendó oficialmente a los dominicos la promoción y difusión de esta devoción, confiándoles la organización y tutela de las Cofradías del Dulce Nombre de Jesús y la lucha espiritual y pastoral contra la blasfemia y el juramento irreverente. Este encargo fue acogido con entusiasmo por la Orden y ratificado por pontífices posteriores, que enriquecieron esta misión con numerosas indulgencias.
Entre estas concesiones destacan las otorgadas por san Pío V a través de la bula Decet Romanum Pontificem, de 21 de junio de 1571, que confirmó y amplió las gracias espirituales vinculadas a la invocación reverente del Nombre de Jesús, a la corrección pública de la blasfemia y a la pertenencia activa a las cofradías erigidas bajo esta advocación. A comienzos del siglo XVII, el papa Pablo V reforzó este patrimonio espiritual mediante la bula Cum certas unicuique confraternitatis, de 31 de octubre de 1606, concediendo indulgencia plenaria a los cofrades en tres momentos especialmente significativos: el día de su inscripción, el día de su muerte y el primer día del año, asistiendo al Oficio Divino propio de la Cofradía. Asimismo, otorgó indulgencias a quienes, confesados y comulgados, visitasen el altar del Nombre de Dios cada segundo domingo del mes. Estas concesiones fueron confirmadas y desarrolladas por el propio pontífice mediante el breve Cum sicut nuper accepimus, fechado el 1 de abril de 1613.
El culto al Nombre de Jesús constituye uno de los pilares fundacionales de la Cofradía del Dulce Nombre de Jesús Nazareno, tal como acredita la documentación más antigua conservada: El 9 de julio de 1610 se iniciaron los trámites con el prior del Real Convento de Santo Domingo de León, fray Bernardo de Guevara, para la fundación de la capilla de Jesús Nazareno en el cuerpo de la iglesia conventual. Entre las condiciones establecidas se recogía expresamente la obligación de celebrar por siempre jamás una misa cantada, con diácono y subdiácono, el primer día del año, festividad entonces de la Circuncisión del Señor, celebración que debía tener lugar en el altar mayor del convento y en la propia capilla de la Cofradía.
Esta misa era reconocida como la fiesta principal de la hermandad, comprometiéndose la Cofradía a ofrecer al convento ocho panes, ocho velas y un azumbre de vino. Para que la cesión y adquisición de la capilla pudiera realizarse, fue necesario el beneplácito del vicario general de la Orden de Predicadores, fray Pedro de Paladinas, quien otorgó la licencia correspondiente el 8 de marzo de 1611. El proceso culminó definitivamente el 21 de abril de 1615, ratificándose íntegramente todos los artículos acordados en 1610. De este modo, la celebración del Dulce Nombre de Jesús —entonces vinculada litúrgicamente a la Circuncisión— quedó indisolublemente unida al origen patrimonial, jurídico y espiritual de la Cofradía.
El eje principal de su espiritualidad y de su vida corporativa quedó recogida en la Regla, aprobada en 1611, que articula esta devoción como eje de la vida cofrade. En su Capítulo primero, los hermanos declaran que eligen por su Patrón y abogado “el Benditísimo Nombre de Jesús Nazareno”, poniéndose bajo su amparo. Los Capítulos doce y trece desarrollan con detalle la celebración del primer día del año como fiesta principal, ordenando la asistencia obligatoria a vísperas, Misa Mayor y procesión, el uso de velas encendidas, la confesión y comunión sacramental y estableciendo sanciones para quienes incumplieran estas obligaciones.
La Regla va más allá del ámbito estrictamente litúrgico y proyecta la devoción al Nombre de Jesús en la vida moral y pública de los cofrades. El Capítulo treinta sanciona el juramento y la blasfemia dentro de las juntas y cabildos, llegando a prever la exclusión de la Cofradía en los casos más graves. Por su parte, el Capítulo cuarenta y uno ordena que los cofrades inclinen la cabeza y se descubran siempre que oigan pronunciar el Santísimo Nombre de Jesús, y que amonesten con modestia a quien lo use indebidamente, con el fin de ganar las indulgencias concedidas por los Sumos Pontífices. Estos preceptos muestran hasta qué punto la Cofradía se concebía como custodia del honor del Nombre de Jesús, tanto en su vida interna como en el espacio público.
La vigencia de esta devoción se constata con claridad en la documentación de finales del siglo XVIII. En el libro de cuentas del año 1795 se recoge una intervención del Abad entrante, Juan Genaro García, en la que se hace referencia a las “muchísimas indulgencias y gracias” concedidas a las cofradías del Santísimo Nombre del Niño Jesús. Consciente de la riqueza de este patrimonio espiritual, el Abad propuso elaborar un sumario de dichas indulgencias para que los fieles pudieran conocerlas y beneficiarse de ellas. Para ello, trató la cuestión con el Ilustrísimo Señor Obispo de la ciudad, acordándose solicitar la oportuna licencia para proceder a su impresión, cuyos costes —78 reales por la edición de las bulas y 68 reales por la impresión— fueron sufragados por la Cofradía, demostrando que la devoción al Dulce Nombre de Jesús seguía plenamente viva, actualizándose pastoralmente y proyectándose hacia el conjunto de los fieles, en coherencia con las concesiones pontificias recibidas desde el siglo XVI.
Desde sus orígenes, esta festividad no fue únicamente un acto devocional, sino un verdadero eje estructurador de la Cofradía, en el que se integraban culto, penitencia, proyección pública, memoria comunitaria y organización interna. Esta centralidad se mantuvo durante siglos y explica que, todavía en los estatutos de 1906, la celebración del Dulce Nombre —entonces identificada litúrgicamente con la Circuncisión— siguiera estando vinculada a la proclamación pública del nuevo Abad, prolongando así un modelo ceremonial heredado directamente de la tradición fundacional, quedando, simbólicamente unidos, el culto al Dulce Nombre de Jesús y el inicio del gobierno del nuevo Abad, configurando un único acto de fuerte valor identitario para la Hermandad.
Esta vinculación quedó formalmente suprimida con la reforma estatutaria de 1927 que reorganizó el calendario de gobierno interno de la Cofradía. A partir de entonces, la elección y toma de posesión del Abad pasaron a celebrarse en el mes de septiembre, quedando desvinculadas de la festividad del Dulce Nombre. Esta separación, unida a los cambios introducidos por las reformas litúrgicas del Concilio Vaticano II, contribuyó progresivamente a la pérdida de centralidad de esta celebración dentro de la vida corporativa.
Aunque durante un tiempo se mantuvo su conmemoración mediante una Misa Solemne, la desaparición de la festividad del calendario general tras la reforma del Misal de 1969 terminó por relegarla a la condición de misa votiva, favoreciendo su progresivo desuso.
Felizmente, la recuperación de la Memoria del Santísimo Nombre de Jesús en la editio typica tertia del Missale Romanum de 2002, y su posterior recepción en el ámbito de la Iglesia en España que entró en vigor el primer domingo de Cuaresma de 2017, ha permitido que nuestra Cofradía haya recuperado esta celebración, desde el año 2019, en la Abadía del Hno. Antonio García Rodríguez, con la solemnidad que históricamente le correspondía, volviendo a celebrarse con una Misa Solemne, reafirmando así su valor espiritual, identitario e histórico dentro de la vida de la Hermandad.
En la celebración de esta efeméride, desde el año 2023, se homenajea a los tres hermanos más antiguos de nuestra penitencial, por su trayectoria, dedicación, compromiso y fidelidad con el Dulce Nombre de Jesús Nazareno.